Cada determinado tiempo surge la misma situación: un alto funcionario (estatal o federal) asiste a un acto religioso y participa activamente en él; a continuación llegan las críticas a tal actuación y las acusaciones de que se está violando el estado laico previsto por la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM).
Decir que se viola el estado laico por que un funcionario vaya a misa (o a cualquier ceremonia religiosa) y participe en el rito activamente es una exageración.
En efecto, el artículo 24 de la CPEUM dispone que todo hombre es libre para profesar la creencia religiosa que más le agrade y para practicar las ceremonias, devociones o actos del culto respectivo. Tal derecho humano no está restringido a los servidores públicos (de ningún nivel jerárquico).
Varias actividades del Estado o sus servidores públicos pueden considerarse como violatorios del estado laico, como sería el tener crucifijos en oficinas, dar clases de religión en escuelas públicas, apoyar económicamente a una sola iglesia o religión, etcétera. Pero que un funcionario vaya a misa no es una de ellas.
Afirmar que los servidores públicos no pueden profesar su religión y que tienen prohibido asistir a actos de culto es tanto como pretender regresar a las épocas previas a la guerra cristera, que tanto daño hizo a nuestro país. La tolerancia y respeto a todas las ideologías y creencias debe de ser lo que guíe al país, no fanatismos anticlericales.
Para abundar un poco en el tema del estado laico, les comparto un texto que escribí hace ya un par de años:
Constitución y Estado laico: La sentencia
McCreary County vs. American Civil Liberties Union of Kentucky en la jurisprudencia norteamericana (en la parte final hago algunas consideraciones relativas a nuestro país).
es correcto, no tenemos porque espantarnos de que algún político frecuente la iglesia de su preferencia
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