Ayer, 1º de mayo, se publicó en el Diario Oficial de la Federación la reforma a la Ley Federal de Trabajo, terminando con la omisión legislativa en que había incurrido el Congreso de la Unión desde hace ya bastante tiempo. Sin tomar en consideración las cuestiones sustantivas, haré un breve recuento de los aspectos orgánico/jurisdiccionales de la reforma:
- Se establecen tribunales laborales (en lugar de juntas de conciliación y arbitraje), integradas por un juez, secretarios, «funcionarios y empleados» que prevean las leyes orgánicas del poder judicial.
- El juez deberá estar presente en todas las audiencias, para dar cabal cumplimiento a los principios de oralidad e inmediación, previstos en los artículos 686 y 720 (reformados).
- Se establece la posibilidad de presentar promociones y notificarse por medios electrónicos.
- Se crea la Unidad de Peritos Judiciales, que es «un área técnica de naturaleza y finalidad exclusivamente periciales. Su objeto es el auxilio específico a los tribunales en materia laboral en los casos que lo determine la Ley» (artículo 102 ter de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación reformada).
- Se establece que corresponderá a los asesores jurídicos federales prestar asesoría a las personas involucradas en juicios laborales federales (artículo 15, fracción VII, de la Ley Federal de Defensoría Pública reformado).
- Se emitirán convocatorias a concurso para la selección de personal de los tribunales laborales, federales y locales, que serán de carácter abierto y garantizarán el derecho de participar en igualdad de oportunidades al personal de las juntas de conciliación y arbitraje (artículo 15o. transitorio del decreto de reforma).
- Los tribunales laborales locales entrarán en funciones, a más tardar, el 2 de mayo de 2022, previa declaratoria del congreso estatal (transitorios 5o. y 24o. de la reforma).
- Por su parte, los tribunales laborales federales deberán estar en funciones a más tardar el 2 de mayo de 2023. Se prevé una entrada en vigor de manera escalonada por circuito judicial, previa declaratoria del Senado, a propuesta del Consejo de la Judicatura Federal (transitorios 6o. y 24o. de la reforma).
Como se aprecia, la reforma laboral implicará un gran reto a los poderes judiciales del país. En primer término, deberán ampliar el número de órganos jurisdiccionales, en relación a los existentes actualmente, estableciendo órganos especializados en la materia. Si atendemos a la naturaleza de la reforma, me parece, los juicios laborales no se podrán llevar a cabo por los actuales juzgados mixtos existentes, sino que es necesaria una jurisdicción especializada en la materia. En este tema, por ejemplo, habrán de crearse los suficientes tribunales federales para dar cabida a unos 100 mil juicios laborales anuales (según datos del informe 2017 del Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje).
Todo lo anterior requerirá de un gran número de recursos humanos y materiales que, a fin de cuentas, se traduce en la ampliación de recursos presupuestales para lograr la compra o adecuación de bienes inmuebles, que deberán contar con salas para juicios orales laborales, con las medidas que ello implica, tales como equipos de audio y videograbación.
Además, la contratación del personal deberá hacerse mediante concursos públicos, en los que puedan participar los actuales trabajadores de las juntas de conciliación y arbitraje. Esto no aplicará a la selección de jueces, ya que su designación deberá hacerse en términos de las leyes orgánicas correspondientes. De esta manera, por ejemplo, el Consejo de la Judicatura Federal deberá instrumentar los concursos de oposición para acceder el cargo de juez de distrito en materia de procesos laborales respectivos.
Por último, se deberán realizar campañas de capacitación a todos aquellos funcionarios públicos que vayan a participar de manera directa o indirecta en la aplicación de la reforma laboral. Se cuentan con plazos de instrumentación algo ajustados (3 años en materia local y 4 para la federal), lo que implicará que este proceso de capacitación se realice con la mayor celeridad posible.
Como se aprecia, la reforma laboral implicará un gran reto en su instrumentación al poder judicial, federal y locales. Un aspecto que me parece sumamente importante, es que los tribunales laborales deberán crearse en un número suficiente para que no caigan en rezago y puedan otorgar justicia pronta, que es uno de los males que pretende abatir la reforma.
Agradezco la información
Un gran reto para el Poder Judicial
Ojala y se termine con la corrupción
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Me parece que será un gasto $$$ exagerado para hacer lo mismo y con menos $$$ y también siendo muy optimista aplaudo «justicia pronta y expedita sin violación a derechos humanos» ya que como se plantea no descubrieron hilo negro. Lograr la mayor economía, concentración y celeridad procesal. Dar prioridad a resolver asuntos en CONCILIACIÓN es lo que se ha hecho por años, esto fuera y dentro de juicio asi como en cualquiet etapa del procedimiento al menos en materia local NO FEDERAL en conflictos de materia federal es otro problema que no se resuelve con reformar la Ley de esta manera. La materia laboral es pionera en resolver mefiante CONCILIACIÓN pero creo que muchos lo han olvidado o les conviene olvidarlo. El problema no era tanto reformar la ley sino correr a la gente corrupta que llega por palanca a ocupar un puesto y no por sus conocimientos. Las personas que se entregan al servicio público se preparan constantemente para dar un mejor servicio para ser excelentes. Estás reformas no paran continuarán porqué no se analizaron a conciencia. No hay que olvidar que el progeso de un país se mide por la regulación de las normas que se tienen destinadas al respeto y progreso de los derechos humanos.
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Sin duda la impartición de la justicia por el juzgador amerita que dejen de ser «médicos generales» y atiendan una especialización como hoy se exige a los postulantes, en ello ganan los fines del Derecho y quienes demandan que cobre vigencia, en el tema, el Estado de Derecho. Será importante la eficaz tarea que lleven a cabo quienes tienen la encomienda de los medios alternos de solución de conflictos (CEFECOR y CECOS), pues de no ser así, nuevamente el sistema «colapsará». En otra parte, será también observar una verdadera independencia de los jueces locales, dada, en algunos casos, la subordinación que tienen de los ejecutivos locales. Me parece que la reforma es posible clasificarla, en: 1) entendimiento de la reforma constitucional de 24 de febrero de 2017; 2) los antecedentes que rodearon la reforma (un ejemplo aquí https://www.cjf.gob.mx/micrositios/uirmjl/#Relevante); 3) el cambio del modelo procesal; 4) el procedimiento conciliatorio; 5) la parte orgánica de la reforma; 6) reformas periféricas a la ley; 7) el derecho laboral sancionador; 8) el resurgimiento del derecho colectivo del trabajo; y 9) el cabal entendimiento a los artículos transitorios. En mi opinión, hubiera sido mejor una ley sustantiva y una ley adjetiva, cuestión menor si se quiere. Finalmente, en la historia del derecho del trabajo, en lo privado, tenemos solo dos leyes: la de 1931 y la «actual» de 1970, con innumerables reformas y adiciones a ésta. Ojalá que la reforma cumpla sus fines, estimo se hicieron esfuerzos suficientes para ello, queda en manos ahora de los operadores jurídicos el que se cumpla con ellos. Colofón: me parece que lo que más dará de qué hablar, a la larga, será el resurgimiento del derecho colectivo del trabajo. Lástima que la reforma no alcanzo al derecho laboral burocrático, donde el gobierno sigue teniendo la hegemonía, de ahí que seguirá habiendo laudos. Saludos
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Creo que un aspecto fundamental para que el sistema sea realmente diferente es el órgano conciliador, ahí se necesitará realmente mucha capacitación tanto de los funcionarios como de los abogados postulantes.
En la actualidad la conciliación se limita a asentar que no llegan a ningún arreglo o que se suspende la audiencia por estar en pláticas conciliatorias.
Urge la profesionalización en esta materia.
El tema del presupuesto es, desde luego, trascendental.
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Excelente esajematización, urgente se implemente desde ya la selección de elementos especializados en materia laboral que sea a convocatoria que incluya a externos al PJF e inicie la capacitación en todos los órdenes. Gran oportunidad de sanitizar el proceso laboral, urge el correcto ejercicio de la autoridad, con transparencia. Y oportunidad.
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Excelente Esquematización
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Excelente esquematización, urgente se implemente desde ya la selección de elementos especializados en materia laboral que sea a convocatoria que incluya a externos al PJF e inicie la capacitación en todos los órdenes. Gran oportunidad de sanitizar el proceso laboral, urge el correcto ejercicio de la autoridad, con transparencia. Y oportunidad.
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